Tribunal ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar lo solicitado por el Ministerio Público, y acuerda prórroga de TRES (03) MESES, contados a partir de la presente fecha, para que se prolongue la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre los acusados RICARDO ANDRÉS GUEVARA MÁRQUEZ, LUIS DANIEL MEJIAS RODRÍGUEZ Y PEDRO ALFONSO CEDEÑO, así mismo se le notifica a las partes que este Tribunal con fecha 17-01-08, decretó la interrupción del juicio oral y público y acordó su celebración para el día 06-02-08, a las 02:30pm.