este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta con lugar la medida cautelar solicitada por la Fiscalia Primera del Ministerio Público al ciudadano Anibal José Rondón Marcano, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-5.872.531, domiciliado en la calle Principal de Cangrajal N° 10, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de Violencia Física y Violencia Psicoógica, previstos y sancioando en los articulos 4,5, 6 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Carmen Elene Albino, en consecuencia se ordena al ciudadano Anibal Rondón Marcano a salir inmediatamente del domicilio conyugal establecido en la calle Principal de Cangrejal N°10 del Municipio Andrén Mata del Estado Sucre, por un periodo de Tres (.....