En atención de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la Recusación planteada por la apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CERVECERIA POLAR, C.A.contra de la Abogada JORLIESKA REYES, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, sede Cumana, en la causa que cursa ante ese juzgado en fase de ejecución de sentencia definitivamente firme que sigue el ciudadano JULIO ALEJANDRO PEDROZA, titular de la cedula de identidad N° 12.683.569 contra la referida entidad de trabajo, con motivo de Enfermedad Ocupacional.
SEGUNDO: Por las consideraciones expresadas en la motiva de la sentencia, se condena a la parte Recusante pago de multa equivalente a Diez Unidades .....