Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENA, de conformidad con el 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado GAVINO JOSE MORAO, quien es venezolano, natural de Río Grande de los Marines Municipio Cajigal del Estado Sucre, de 37 años de edad, Casado, nacido el 19-02-1975, titular de la cédula de identidad Nº 13.348.823, de oficio Agricultor, hijo de Guillermina Beltrana Morao, residenciado en Tunapuy, calle principal, a dos casas del auto lavado, Municipio Libertador del Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el articulo 414 del Código Penal Vigente, con la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, y la especifica del artículo 77 ordinales 11 y 14 del Código P.....