Se HOMOLOGO la conciliación suscrita por los ciudadanos: FIGUEROA CANDIDA DEL VALLE y CARRIÓN RODRÍGUEZ LUIS RAMÓN, se ordenó oficiar a la Alcaldía del Municipio Mariño del Estado Sucre a los fines del descuento respectivo por el Incremento de la Obligación Alimentaria, el cual asciende a sesenta mil bolívares (Bs. 60.000) mensuales, comprometiendose dicho ciudadano, a entregar a la madre de los adolescentes seis ticket de siete mil setecientos cincuenta bolívares a los fines de incrementar la obligación alimentaria de sus hijos a CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 106.500) y el descuento de Trescientos mil bolivares (Bs.300.000) por aguinaldos, cantidades que debrán ser entregadas a la ciudadana: Figueroa Candida del Valle a favor de los adolescentes: Luis Ramon Carrión Figueroa y Luisanny del valle Carrión Figueroa, además el padre le suministrará a sus hijos los útiles y uniformes escolares.