Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 24 de mayo de 2005; mediante la cual se condenó al acusado: JHONNY JOSE MATA BOMPART, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.611.745, de 30 años de edad, de profesión u oficio Obrero y residenciado en el Sector la Campiña casa s/n del Municipio Bermúdez; a cumplir la pena de UN (01) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias prevista en el articulo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de: "HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 4453 del Código Penal. Es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal