Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara POR UNANIMIDAD NO CULPABLE, al acusado EDGAR ALEXANDER RUIZ REYES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.777.393, natural de Cumaná, nacido en fecha 23-09-88, hijo de Elis Ruiz Reyes de Mata y Víctor Rafael Ruiz, soltero, estudiante, residenciado en calle principal del sector la manga, no recuerda el número de la casa, al frente de la manga de coleo, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, ROBO AGRAVADO Y LESIONES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1º, 458 y 416, respectivamente, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JESÚS RAFAEL FIGUEROA CABELLO (OCCISO), ARMELIN JUNIOR DE SOUSA SERRANO, HENRY JOSÉ DÍAZ HERNÁNDEZ y .....