DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano ELIÉZER LA PAZ AMUNDARAIN GÓMEZ, venezolano, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, nacido el 24/01/1986, titular de la Cédula de Identidad N° 18.586.084, hijo Eleazar Amundarain y Juana Gómez, y domiciliado en la Calle Lara, Casa Nº 47, cerca de la panadería "San Miguel", Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre; a cumplir la pena de un (01) año y seis (6) meses de prisión, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Pena.....