este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVOCACION O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por el Defensor a favor de los ciudadanos LEONEL EDUARDO LOPEZ CARIAS, JHOAN JOSE GONZALEZ, JACKSON JESUS SILVEIRA, OSMARYS DESIRRE ORTIZ JIMENEZ Y MAYORBI MARIA RIVAS GUERRA, plenamente identificados en autos; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN en cuanto a JACKSON JESUS SILVEIRA y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADORES para los otros cuatro ciudadanos, con fundamento en los artículos 234,244, 253, 264,250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Primero de Juicio
Abg. Nayip Beirutti.
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