Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos:: ROSA ELENA CRESPO y FRANCISCO JOSE BRITO , ambos Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas: V.-15.114285 y V.-13.348.831, respectivamente y Domiciliados la primera: en EL Sector Campo Obrero de Yaguaraparo casa S/N, del Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el Segundo de igual domicilio, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; da carácter de Cosa Juzgada y ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo Judicial.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Cajigal, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Yaguaraparo, a los Veintidós (22) días del mes de Octubre de 2004.- Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-