Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: ADMISIBLE, la Querella Funcionarial, interpuesta por el Abogado Alex González García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.338, apoderado Judicial del ciudadano Andrés Eloy Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.879.073, contra la Alcaldía del Municipio Bermúdez del estado Sucre.