Este Tribunal Quinto de Control, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, decreta con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con caución juratoria, a favor del imputado MANUEL JOSE ROJAS CEDEÑO, a quien se le sigue la presente causa, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 451 en relación con el artículo 80 en su primer aparte y 82 todos del Código Penal, consistente en la presentación cada quince (15) días por el lapso de seis meses, por ante la unidad del alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y prohibición de cambiar de domicilio, todo de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° y 4° y 259 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se acuerda fijar audiencia de imposición para el día de hoy 22-09-2009 a las 3:00pm. Notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado. Cúmplase.