Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del acusado CORDERO MARTINEZ TOMAS ALEXIS, Venezolano, natural de El Pilar, de 40 anos, nacido en fecha 22-03-1973, de estado civil soltero, de oficio: Agricultor titular de la cédula de identidad Nº 13.275.277, hijo Tomas Cordeo y Damelis Martínez, residenciado en: Caserío los Pozotes del Pilar Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a vivir una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: MIGDALIS COROMOTO RODRÍGUEZ MEDINA, por haber cumplido de manera satisfactoria el ré.....