este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la pretensión de REIVINDICACION incoada por el ciudadano RAFAEL JOSE RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad N° V- 9.973.433, asistido por los abogados en ejercicio FREDDY GONZALEZ y ALVIC MARQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 31.794 y 225.353 respectivamente, contra los ciudadanos GLOMARIS DEL CARMEN MARTINEZ RODRIGUEZ y ALEXANDER SALAZAR, portadores de las cédulas de identidad Nros: V-8.645.754 y V-6.900.603, en ese mismo orden, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS PEREZ ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.188. Así se decide.