DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide. UNICO: DECRETA INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL. Notifíquese de la presente decisión. Cúmplase.