este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; PRIMERO: Declara Con Lugar la aprehensión del delito flagrante en contra los adolescentes Leandro Omissis,, en la presente investigación relacionada con la comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, en perjuicio de Omissis,, cumplidos como se encuentran los requisitos establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 557 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra de los adolescentes Omissis,; por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinales 3 y 4 del Código Penal Vigente, en perjuicio de Omissis, de c.....