Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JOSÉ ANGEL MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 26.821, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante; contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veintitrés (23) de Abril de 2010; en consecuencia se ordena a la juez ad-quo, pronunciarse de conformidad con el artículo 362 del Código de procedimiento Civil. Así se decide.-
Queda de esta manera revocado el auto apelado.
Por la naturaleza de fallo no hay condenatoria en costas......