POR LAS RAZONES ANTES EXPUESTAS ES POR LO QUE ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ILICITOS ECONOMICOS Y FRONTERIZOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA a los acusados DANIEL LOPEZ GUERRA Venezolano, natural de Guiria, nacido en fecha: , de 19 años de edad, No trabaja, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-31.697.609 indefinida, hijo de David López y virginia guerra , residenciado en sector la antena, cerca de la playa, Guiria Municipio Valdez , del Estado Sucre, y CARLOS LUIS RIVAS RODRIGUEZ, Venezolano, natural de Guiria, nacido en fecha: 13/06/1992, de 24 años de edad, pescador, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-21.782.211, hijo de mariano y Eunilde Rodríguez , residenciado sector la antena, cerca de la playa, Guiria Mun.....