el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 23 de mayo de 2014, a favor del ciudadano ciudadano BENIGNO RAFAEL VALLEJO, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.772.502, en su condición de testigo en la causa penal Nº MP-7016-2014, seguida al ciudadano JOSUÉ ALBERTO URBANEJA BARRETO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.401.311, soltero, natural de Cumaná, fecha de nacimiento 13-10-1994, hijo de Simon Urbaneja y Minerva Barreto, con domicilio en Brasil, sector, dos, vereda 33, casa 08, Cumaná, Estado Sucre, teléfono: 0416.887.97.63, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 405, en relación con el artículo 84, numeral 1, del Código Penal, con las agravantes establecidas en l.....