Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE PARA CONOCER DEL AMPARO CONSTITUCIONAL POR EL GRADO y DECLARA LA COMPETENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, Civil; Mercantil; Tránsito y Bancario por lo que se ordena remitir el presente expediente al Tribunal Distribuidor, a los fines de que sea un Tribunal de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Sucre el que conozca en sede Constitucional del Presente Amparo, que presentara el abogado REYLUISBELT VASQUEZ MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 98.664, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GABRIEL FLORES AGUADO, titular de la cédula de identidad Nro 3.336.161, contra la sentencia .....