Se declara INADMISIBLE POR CADUCA, la Querella Contenciosa Administrativa Funcionarial interpuesta por el ciudadano abogado LEON JOSÉ MARTÌNEZ CALDERA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad No. V-12.664.559, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 115.156, que actuó en nombre y representación de la ciudadana MAZUKI JOSÉ FARÍAS DURÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédulas de identidad No. V-13.360.164, en contra de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Sucre.