Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 y ss del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa la Transacción realizada por las partes, y declarará terminado el procedimiento y ordenará el Archivo del expediente, una vez que conste en autos, el pago de los honorarios del experto contable, momento en el cual se procederá como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
DIOS Y FEDERACIÓN
La Juez
Abg. Marlene Yndriago Díaz