D E C I S I ÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada ROSMERY RENGIFO KEY, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 24 de mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, donde decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado JUSTO FERNANDO SÁNCHEZ HEREDIA, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376, primer y único aparte del Código Penal Vigente, en relación con el artículo 374 numeral 4 ejusdem y 217 de la ley Orgánic.....