Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Amparo Constitucional formulada por la sociedad mercantil Almacenes Solymar C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 5 de febrero de 1988, bajo el Nº 34, tomo 29-A, Segundo., representada por los Abogados ARMANDO RAFAEL NOYA MEZA y JESUS GENARO IBARRETO BARRIOS, titulares de la cédula de identidad Nº 8.439.511 y 2.743.886, inscritos en el INPREABOGADO bajo el Nº 28.040 y 10.431, contra los ciudadanos Agustina Del Valle Márquez y Ramón Alejandro Rivera Márquez, titulares de la cédula de identidad Nº 5.689.076 y 17.762.307, respectivamente, asistidos por el .....