Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR ACCIDENTAL CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS, ADOLESCENTES Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano Williams Rafael Cedeño Urbano, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulad de identidad Nro. 5.995.961 representado judicialmente por los abogados en ejercicio Juan Chirino Colina y Magdony León Arayan, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 37.028 y 47.119, con fundamento en el numeral 9no del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, contra la ciudadana Jueza Abg. Gloriana Moreno Moreno, en su carácter de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto con el artículo 98 d.....