Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta la revocatoria de la medida cautelar de presentación periódica, que se dictó en fecha 07 de febrero del 2007, en contra del imputado EDGAR RAMON RODRIGUEZ LUNAR, de 29 años d edad, titular de la Cédula de Identidad N 14.885.185, nació 08-05-1978, soltero, residenciado en la calle Bolívar N° 6 de esta ciudad; y en consecuencia, se ordena la Aprehensión de dicho ciudadano para ser recluido en la Comandancia General de Policía del Estado Sucre a la orden de este Tribunal