DISPOSITIVA
En mérito a lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ACUERDA, la inmediata libertad del adolescente JESÚS GABRIEL LEZAMA RODRÍGUEZ, y en consecuencia se ordena imponerlo de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDUARDO JOSÉ MARIN LEON, de conformidad con lo establecido en el artículo 582, Literal "C" en relación con los artículos 8 y 539, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la obligación de presentarse CADA QUINCE (15) DIAS, POR UN LAPSO DE TRES (03) MESES, por ante la Comandancia de Policía de Irapa, Municipio Mariño.....