Este Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control-Cumana del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y último aparte del 44 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se impone al ciudadano SANTOS EMILIO SALAZAR CABELLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.646.914, nacido en fecha 12-04-63, de 49 años de edad, soltero, profesión u oficio agricultor, residenciado en el sector Muelle de Cariaco Vía Jabillar detrás de la bodega de Marbella Municipio Rivero del Estado Sucre, el cual se le iniciara investigación por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciuda.....