este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia en Función de Primero de Control de la Sección de Adolescentes actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de la ciudadana adolescente XXXX a quien se le inició averiguación por su presunta participación en uno de los delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio XXXXX. Líbrese boleta de libertad adjunto a oficio al CPP Cumaná. Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Sexta a los fines de que se tramite conforme al procedimiento ordinario. Las partes quedan notificadas con la lectura y firma de la presente acta.- Se acuerda con lugar la solicitud de las copias simples solicitadas por las partes de la presente acta