Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR impuesta al adolescente OMISSIS; presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, tipificado en el artículo 458 último aparte del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana EVANGELINA NATIVIDAD PATIÑO DE RODRÍGUEZ; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26, parte in fine de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenados con el numeral 2° del artículo 262 Ejusdem; aplicado supletoriamente a tenor de lo contemplado en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: DECLARA EN REBELDÍA .....