Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión en fecha 05 de Agosto del año 2022, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva en el presente juicio, donde se declaró Sin Lugar la Demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, ejerciendo la parte demandada recurso de APELACIÓN contra la sentencia dictada, y en fecha 03 de Noviembre del año 2023, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró Sin Lugar la demanda, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por TERMINADO el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve