Es todo". En virtud de ello, este Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admitida totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano ALEXIS JOSÉ COLÓN SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.267.508, nacido en fecha 28-05-1975, soltero, profesión u oficio mecánico, hijo de Jesús Manuel Colón y Luisa Sánchez, número telefónico 0426/688.91.59, residenciado Calle Nueva de Miramar Santa Inés, N° 33, cerca del CDI Miramar, Cumaná Estado Sucre. por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de FRANCELYS DEL VALLE DÍAZ ACUÑA; decreta la suspensión del proceso por el lapso DE UN (01) AÑO, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No incurrir en hechos similares a los que dier.....