Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: Medida de cautelar sustitutiva de libertad consistente en DETENCION DOMICILIARIA, en contra del Ciudadano LUIS RAMÓN LOPEZ, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, de 58 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.040.450, de oficio Marino, nacido el 26-01-54, hijo de Antonio Acosta Hernández, y Nicolaza López, domiciliado en: Rio Salado de Guiria, Municipio Bidaul, Calle Sol Teresita, N° 34 Municipio Valdez del Estado Sucre, consistentes en : 1° Detención Domiciliaria en su propio domicilio, con vigilancia de funcionarios adscrito al IAPES Municipio Valdez Estado Sucre, autorizando única y exclusivamente la salida de su domicilio por motivos de e.....