Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado CRISTIÁN JOSÉ SIERRA HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Privado del acusado SERGIO CELESTINO LÓPEZ, contra la decisión dictada en fecha 07/12/2010, y publicada en fecha 26-01-2011, por el Tribunal Primero de Juicio del Segundo Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ al acusado SERGIO CELESTINO LÓPEZ, a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 ejusdem, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 ejusd.....