Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley CONDENA al acusado: Juan Carlos Rojas Marcano, Venezolano, mayor de 30 años, Titular de la Cédula de identidad Nº 12.739.383, de oficio: Pescador, Nacido en fecha 28-02-76, Hijo de Roberto Rojas y Carmen Marcano, residenciado en el Sector Las Viviendas Casa N° 24, las viviendas, Carúpano. Estado Sucre, a cumplir la pena de Dos (02) años y Ocho (08) meses de prisión, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Distribución ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Previsto y sancionado en el artículo 31 penúltimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Todo de conformidad con .....