Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Medidas Cautelar solicitada por el ciudadano el ciudadano LUIS RAMON SALAZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 4.649.201, actuando en nombre y representación de la ciudadana ROSANGELA DEL CARMEN MATA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 18.580.881, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE,. ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, a los veintiún (21) días del mes de Noviembre del año dos mil diecinueve (2019). Años: 209º de la Independencia y 160º de la Federación.....