En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la representación judicial de la parte apelante, ciudadana EMELYS DEL VALLE SIVIRA FLORES, en su condición de tercer interesado contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 08-08-2012, en la cual acordó la SUSPENCION DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO, contenido en la providencia administrativa No. 32-09 de fecha 17/03/2009, correspondiente al expediente No. 021-09-01-00017, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el juzgado a quo; TERCERO: No hay condenatoria en costas; CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su o.....