DECISIÓN.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BENÍTEZ Y LIBERTADOR DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos ANDREINA ANTONIA CASTILLO GUILARTE Y CESAR JAVIER HERNANDEZ OSPEDALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-15.554.581 y V-16.842.097, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio LUIS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.418, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Sucre, en fecha Trece de Marzo del año Dos Mil Nueve (13/03/2009), según lo previsto en el Segundo Aparte del Artículo 18.....