Este Tribunal Mixto Tercero de Juicio compuesto por el Abogado SAMER ROMHAIN quien actúa como Juez Presidente y los ESCABINOS: SIMON ANTONIO RUIZ RODRÍGUEZ Y EDURNE RUIZ DE ALSOLAR, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Decretan: por UNANIMIDAD que el acusado JOSE JAVIER CABELLO LARA, quién es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.446.365, de profesión u oficio estudiante, nacido el 13-04-1983, hijo de Rosa Elena Lara y Alí Cabello, residenciado en barrio caiguire, calle campo alegre, al lado de la bodega sagrada familia, casa sin número Cumaná, Estado Sucre, es NO CULPABLE del delito por el cual lo acusa la Fiscalía Séptima del Ministerio Público por lo tanto queda ABSUELTO del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Previsto y Sancionado en el Artículo 408 ordinal 1° Código Penal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda la inmediata libertad del acusado y el cese de .....