DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS SUCRE, ANZOÁTEGUI Y NUEVA ESPARTA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CUMANÁ, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE, Administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDA la APELACIÓN, interpuesta por el profesional del derecho Rayner José Añez Martínez, inscrito en el NPREABOGADO bajo el N° 144.528, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, BACILISIO JOSÉ MILLÁN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.110.988, contra el auto interlocutorio de fecha once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019), dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, que declaró la negativa de reposición de la causa al estado de nueva citación.
SEGUNDO: se CONFIRMA en todas y cada un.....