Se declaró Titulo Supletorio de Propiedad a favor de la solicitante sobre una casa cocnstruida con dinero de su propio peculio ubicada en camino de Jaguey II Irapa Municipio Mariño, Estado Sucre, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 937 el Código de Procedimiento Civil.y a las declararciones rendidas por los testigos preseentados