Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, conociendo la presente causa en grado de apelación, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el demandado ROMULO CALDERON TORREZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 641.575 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.790, actuando en su nombre y representación, y quien fuera representado judicialmente ante esta Alzada por el abogado en ejercicio MILTON FELCE SALCEDO, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el N° 21.083, contra la decisión de fecha 12 de Agosto del 2004, recaída en el juicio de Desalojo seguido por los abogados IVETTE SOTILLO PENOTT Y JESUS REAL MAYZ, en su caracteres de apoderados judiciales del c.....