en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al adolescente XXXXXXXXXX, contenidas en los literales C y D del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño del adolescente. Líbrese la correspondiente boleta de Libertad. Líbrese oficio al Comandante del puesto policial de Araya. Remítase las presentes actuaciones en su debida oportunidad a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público.