Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por GERMAN ADRIAN HERRERA RANGEL, WILMER ALEXANDER GUTIERREZ RAMIREZ Y JAVIER ERNESTO GOMEZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad N°17.909.785, 13.836.114 y 16.997.053 respectivamente en contra de SERVICIOS Y ASESORIAS ARIES C.A y B.D.R SEGURIDAD INTEGRAL C.A .
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnizaciòn prevista en el articulo 125 de la LOT, Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionadas, Utilidades Fraccionadas, cesta tick.....