este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte la HOMOLOGACION correspondiente al DESISTIMIENTO efectuado por la parte DEMANDANTE en el presente juicio de ACCION MERO DECLARATIVA. Asimismo convenido por los Apoderados Judiciales de la parte demandada. Por último se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por las partes en las respectivas diligencias de conformidad con lo establecido en el artículo 112 eiusdem. Expídanse las copias certificadas solicitadas, para lo cual se autoriza al Lic. Rafael Benítez Tovar, titular de la cédula de identidad número V-4.962.025, Alguacil de este Juzgado, para el fotocopiado de las mismas y a la ciudadana Antonia Peroza de Marval, titular de la cédula de identidad número.....