este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al adolescente XXXXXXXX Uso de Municiones, de conformidad con lo establecido en artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; a cumplir con la medida de Reglas de Conducta por el lapso de Cuatro (04) meses la cual cursara estudios dictados por el servicio autónomo de protección integral del niños, niñas y adolescentes, o realizar algún tipo de trabajo en pro de su beneficio. Sanción que se impone conforme a los Artículos 8, 578 literal "F"; 539, 583, 620 literal "A", 622 y 623 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Remítase en su oportunidad la presente causa al Tribunal de Ejecuc.....