Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Cuarto de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, solicitada por el Defensor Público Penal Jesús Marden Amaro Alcalá, a favor de los acusados Enis Alfredo Smeja Rojas, y Alexander José Hernández Ramos, suficientemente identificados en las actas procesales.