Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA SIN LUGAR la Sustitución de la Privación Preventiva de Libertad, decretada desde la fase preparatoria en contra del acusado GONZALO ENRIQUE MONASTERIO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.384.367, soltero, domiciliado en el Barrio Cruz Salieron Acosta, Segunda calle, casa sin numero, Estado Sucre, a quien la fiscalía del ministerio Público lo acusa por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Por no haber variado las circunstancias que dieron origen a la misma co.....