DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1.-SE REPONE LA CAUSA al estado de que se oficie al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial del Estado Sucre.
2.-Como consecuencia de la anterior declaración, SE ANULA el auto de fecha 18-07-22. .
3.-No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, el texto íntegro en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copias certificadas de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 2.....