En consecuencia este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES, para asegurarle a los prenombrados, ciudadanos, FREDEGUNDA PATIÑO DE RIVERA, MARLY DEL VALLE, TIRZO JOSE, MALVI MARIA, MARELBIS DEL VALLE, MARILIS DEL CARMEN, MARBELIS DEL VALLE y JOSE FELIX RIVERA PATIÑO, suficientemente identificados con anterioridad, sus derechos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto EUDES IGNACIO RIVERA ROSARIO, supra identificado y así se decide. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de lo actu.....